SANTO DOMINGO: Despido empleados pĂșblicos prohibido durante emergencia đŸ€”

SANTO DOMINGO: Las cancelaciones de empleados que se realizan en las oficinas del Estado con el cambio de Gobierno, son violatorias a una resoluciĂłn del Ministerio de AdministraciĂłn PĂșblica (MAP) que prohĂ­be destituir servidores pĂșblicos y abrir procesos disciplinarios a trabajadores pertenecientes a las categorĂ­as de carrera administrativa, de estatuto simplificado y temporales, mientras dure el estado de emergencia.

La resoluciĂłn al respecto fue emitida el 23 de marzo de este año y es la nĂșmero 060-2020, la cual se ordena ejecutar con efecto retroactivo (a partir de la fecha en que se decretĂł el estado de emergencia).

“El Ministerio de AdministraciĂłn PĂșblica (MAP) emitiĂł este lunes (23 de marzo de 2020) la ResoluciĂłn No. 060-2020, que prohĂ­be, con efecto retroactivo, “mientras dure el estado de emergencia, abrir procesos disciplinarios y destituir servidores pĂșblicos pertenecientes a las categorĂ­as de Carrera Administrativa, de Estatuto Simplificado y Temporales”, dice la citada resoluciĂłn, publicada incluso en la pĂĄgina virtual del MAP.

No obstante, la disposiciĂłn aclara que el MAP podrĂĄ autorizar a las autoridades competentes para iniciar un expediente disciplinario contra los servidores pĂșblicos que cometan una violaciĂłn evidente de las medidas que estĂ©n directamente bajo su responsabilidad, relacionadas con el cumplimiento del estado de emergencia.

Asimismo, el artĂ­culo 2 de la resoluciĂłn 060-2020 recomienda a los funcionarios de alto nivel de los organismos y entes pĂșblicos no proceder a la destituciĂłn de servidores de confianza durante el periodo de vigencia de la medida, “salvo violaciĂłn de las medidas relacionadas con el estado de emergencia”.

La citada resoluciĂłn tambiĂ©n suspendiĂł “los plazos correspondientes a los procedimientos relacionados con la aplicaciĂłn del rĂ©gimen jurĂ­dico de los servidores pĂșblicos, iniciados o por iniciar ante los Ăłrganos y entes de la AdministraciĂłn PĂșblica, vinculados a solicitudes, peticiones, acciones, procedimiento sancionador, comisiones de personal, recursos administrativos y otros”.

SegĂșn el documento, esos plazos comenzarĂĄn a correr de nuevo, dos dĂ­as despuĂ©s de haber cesado el estado de emergencia declarado por el decreto 134-20 el pasado 19 de marzo.

Fuente: Ohelmis Sanchez [...]

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