SANTO DOMINGO: El Tribunal Constitucional (TC) declarĂł como inconstitucional el numeral 6 del artĂculo 44 de la Ley de Partidos PolĂticos 33-18 que castiga la divulgaciĂłn de mensajes negativos en las redes sociales.
Asimismo, el TC declarĂł inconstitucional prohibir propaganda polĂtica durante la precampaña, por lo que queda sin efecto la resoluciĂłn del Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) que suspendiĂł las actividades proselitistas a aspirantes a cargos pĂşblicos.
El Tribunal acogiĂł el recurso interpuesto por el abogado Namphi RodrĂguez, junto al comunicador HĂ©ctor Herrera Cabral, en septiembre del 2018.
La pieza legislativa tiene dos artĂculos que tratan sobre “la difusiĂłn de mensajes negativos a travĂ©s de redes sociales que empañen la imagen de los candidatos será sancionada conforme a los artĂculos 21 y 22 de la Ley 53-07 sobre crĂmenes de alta tecnologĂa”.
Los artĂculos de la Ley 53-07 se refieren a la difamaciĂłn y la injuria por medios electrĂłnicos e impone sanciones que van de tres meses a un año de prisiĂłn y multa de cinco a 500 salarios mĂnimos.
Fuente: Ecos del Sur [...]
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